lunes, 24 de noviembre de 2014


Parque "El Morlaco"


Ayer tarde decidí pasar una tarde tranquila junto a mi novio, y como nos encanta la naturaleza decidimos ir a un monte que el llevaba mucho tiempo queriendo ver. El Parque Natural El Morlaco. Situado en el Camino de la Desviación, cerca de los Baños del Carmen.Es un frondoso bosque con 170.000 metros cuadrados.
Su horario es de 8h a 22h en verano, y de 8h a 20h en invierno.

El parque canino de El Morlaco se distribuye en dos zonas, una de 4.000 metros cuadrados destinada a perros adultos de talla media y grande con un peso superior a los 10 kilos y otra de 2.000 metros cuadrados, reservada a cachorros y canes de talla pequeña, todas estas zonas están dotadas con bebederos de acero inoxidable especiales para perros, así como papeleras para recoger sus deposiciones y tres pozas para que los animales se bañen.

Además, la zona se encuentra vallada, con doble puerta de seguridad para evitar las escapadas de los más "fugitivos" y sobre todo cuenta con unas normas que debemos seguir, para el correcto uso y mantenimiento de las instalaciones.








Las normas que deberán seguir los usuarios del parque canino:

1. Sólo pueden hacer uso del recinto los perros que se encuentren identificados mediante microchip, vacunados y desparasitados, debiendo portar el poseedor o propietario la documentación correspondiente.
2. Se debe evitar el uso del parque mientras las perras estén en celo.
3. La puerta de acceso al recinto debe mantenerse siempre cerrada.
4. Los propietarios o portadores de los perros tienen la obligación de recoger inmediatamente los excrementos de sus mascotas y depositarlas en los recipientes o papeleras destinadas a tal fin.
5. Los propietarios o portadores tienen la obligación de vigilar y controlar a sus perros en todo momento, evitando las molestias que puedan ocasionar a otros perros o personas. Cuando un perro presente una conducta agresiva, el portador tiene la obligación de controlarlo y abandonar el recinto inmediatamente.
6. No se deben usar en el recinto juguetes para el recreo de los perros a fin de evitar conflictos entre ellos.
7. Los propietarios o portadores son los responsables de los perjuicios que puedan ocasionar sus perros a otros perros o personas y al propio recinto.
8. Los perros de razas calificadas como potencialmente peligrosas o, los que aun no perteneciendo a éstas, hayan sido declarados mediante resolución por la autoridad municipal competente como potencialmente peligrosos, deben llevar bozal y ser conducidos siempre bajo la responsabilidad de su propietario o portador.
9. Se prohíbe la entrada de menores de edad al recinto cuando estos no vayan acompañados y bajo la responsabilidad de un adulto.
10. Se prohíbe el consumo de alcohol o comida dentro del recinto.
11. Se prohíbe introducir materiales punzantes o cristales en el recinto.
12. Se prohíbe el uso del recinto para cualquier otra actividad que no sea el esparcimiento de los perros.




También os aporto algunas fotos hechas por Alejandro.